Según la Decisión 2000/532/CE y sus modificaciones, es obligatorio que los productos tengan asignado un código LER según la Lista Europea de Residuos, que permita al usuario conocer el tipo de gestión de residuos que le corresponde.
A continuación, se indican los códigos LER de los residuos de los materiales cerámicos:
Materiales | Código LER |
Residuos de construcción y demolición / Hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos / Ladrillos | 17 01 02 |
Residuos de construcción y demolición / Hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos / Tejas y materiales cerámicos | 17 01 03 |
La Lista Europea de Residuos (LER) clasifica como residuos no peligrosos a los residuos de construcción y demolición generados por el empleo de los materiales cerámicos.
Así, los restos de ladrillo, teja y otros materiales cerámicos son residuos inertes, por lo que son altamente reciclables, en diferentes usos como:
- Material de relleno y estabilización de carreteras
- Áridos para hormigón y morteros
- Tierra batida en pistas de tenis
- Substrato de plantas
Además, cabe destacar que en edificios que se demuelen al llegar a su fin de vida, los productos cerámicos vistos, como ladrillos cara vista, tejas y adoquines, no llevan ni a ser residuos, ya que pueden recuperarse y reutilizarse en obras nuevas.
Los residuos generados durante la puesta en obra deberán ser gestionados según el Real Decreto 105/2008 por un gestor autorizado a tal efecto. En este sentido, como los productos cerámicos no generan residuos peligrosos se pueden cortar sin problema. Los restos que no se utilicen se pueden reciclar en la obra y cuando esto no sea posible, se debe considerar como un residuo de la obra e informar sobre la cantidad total desechada. En cuanto a las pérdidas de producto cerámico en la instalación, se considera por defecto el dato del 2% para tejas y del 3% para el resto de productos de arcilla cocida utilizados en la construcción.
En el caso de residuos de demolición en los que haya mezcla de otros productos con ladrillos, tejas y otros materiales cerámicos, se deberá consultar el código en la Lista Europea de Residuos, en función de los productos con los que estén mezclados los materiales cerámicos.
En general, siempre que los residuos de demolición que se mezclen con ladrillos, tejas y otros materiales cerámicos, no lleven sustancias peligrosas, se consideran residuos no peligrosos, y por tanto existe una interesante posibilidad de reciclaje, convirtiéndolos en áridos reciclados, que se podrán utilizar en nuevas obras, siempre que se acredite su tratamiento por un gestor autorizado.
Se considera “sustancia peligrosa” a cualquier sustancia que haya sido o vaya a ser clasificada como peligrosa en la Directiva 67/548/CEE y sus posteriores modificaciones.
En el caso de mezclas de residuos y en cuanto al control en la separación de los residuos, el poseedor de los residuos debe mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad, evitando la mezcla de fracciones ya seleccionadas. En el caso de obras de derribo, la mejor opción es la demolición selectiva, mientras que en obras de construcción es recomendable la separación de los residuos in situ.
Los umbrales a partir de los cuales el poseedor de residuos de construcción y demolición (RCD) está obligado a separar las distintas fracciones, quedan definidos en el artículo 5 del Real Decreto 105/2008 y para el caso de ladrillos, tejas y otros materiales cerámicos la cantidad es de 40 toneladas.
Por otro lado, para una adecuada gestión y control de los Residuos de Construcción y Demolición generados, es necesario disponer de datos de producción aplicables a cada obra, en función de sus características. Esto permitirá establecer volúmenes de producción de los distintos tipos de residuos, su coste y el destino de cada uno de ellos.